Ley 10.049
Elevación de categoría a embajada
Promulgación 18/09/1941Publicación 16/10/1941Ver en IMPO
Artículo 1
Elévase a la categoría de Embajada la representación diplomática de la República en los Estados Unidos Mejicanos.
Artículo 2
Su titular tendrá una de las dotaciones previstas en el ítem 9.02, partidas 1.01 número 1, del Presupuesto General de Gastos.
Artículo 3
Sustitúyese un cargo de Secretario de Legación de 1Ş clase, por un cargo de Consejero de Embajada, con la dotación prevista en el ítem 9.02, partida 1.01, número 2 del Presupuesto General de Gastos.
Artículo 4
Comuníquese, etc.

