Ley 10.049

Elevación de categoría a embajada

Promulgación 18/09/1941Publicación 16/10/1941Ver en IMPO

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Artículo 1

Elévase a la categoría de Embajada la representación diplomática de la República en los Estados Unidos Mejicanos.

Artículo 2

Su titular tendrá una de las dotaciones previstas en el ítem 9.02, partidas 1.01 número 1, del Presupuesto General de Gastos.

Artículo 3

Sustitúyese un cargo de Secretario de Legación de 1Ş clase, por un cargo de Consejero de Embajada, con la dotación prevista en el ítem 9.02, partida 1.01, número 2 del Presupuesto General de Gastos.

Artículo 4

Comuníquese, etc.