Ley 10.094
Ministerio de instrucción pública y previsión social. Autorización para disponer recursos de rentas generales. Autorización al estado para la adquisición de obras
Promulgación 17/12/1941Publicación 24/12/1941Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social, a tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de tres mil trescientos treinta y tres pesos ($ 3.333.00) durante tres años, cuyo total de nueve mil novecientos noventa y nueve pesos ($ 9.999.00) se destinará lo necesario para la adquisición de ejemplares de la obra crítica del escritor nacional, doctor Víctor Pérez Petit, a editarse en veinte tomos, bajo la dirección del autor y por cuenta de éste o del editor nacional con quien el autor contratara la mencionada edición.
Artículo 2
El precio a pagarse por cada ejemplar deberá ser inferior, en un diez por ciento por lo menos, al precio de venta al público.
Artículo 3
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, a los efectos de fijar la cantidad de ejemplares de cada tomo a adquirirse, así como a la forma de entrega y pago de los ejemplares y a la distribución y destino de los mismos.
Artículo 4
Comuníquese, etc.

