Ley 10.152
Exoneración de impuesto. Contribución inmobiliaria
Promulgación 08/05/1942Publicación 15/05/1942Ver en IMPO
Artículo 1
Extiéndese a las propiedades aforadas hasta dos mil pesos ($ 2.000.00) el beneficio de exoneración de impuestos acordado por la ley de 17 de Diciembre de 1937, a las propiedades construídas o reconstruidas mediante préstamos especiales, concedidos por el Banco de la República, confirmándose las demás disposiciones de dicha ley.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

