Ley 10.494

Comercio. Régimen horario. Fijación

Promulgación 16/06/1944Publicación 23/06/1944Ver en IMPO

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Artículo 1

Los aumentos de remuneraciones dispuestos por el artículo 3° de la ley sobre régimen comercial de horarios y jornadas de trabajo, de 6 de Junio de 1944, tienen efecto retroactivo al 1° de Mayo del corriente año.

Artículo 2

Comuníquese, etc.