Ley 10.536

Poder Ejecutivo. Autorización. Enajenación de bienes inmuebles

Promulgación 18/10/1944Publicación 24/10/1944Ver en IMPO

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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para enajenar a favor de la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado, una fracción de terreno de 1.000 metros cuadrados, integrante del predio de propiedad del Estado, ubicado en la manzana número 3, 8a. sección judicial del Departamento de Canelones (pueblo Soca), título número 7338, padrón número 63; por la suma de $ 1.800,00 (mil ochocientos pesos).

Artículo 2

Comuníquese, etc.