Ley 10.631
Caja de trabajadores rurales. Beneficios jubilatorios. Afiliación. Prórroga de plazo
Promulgación 08/08/1945Publicación 17/08/1945Ver en IMPO
Artículo 1
Establécese un nuevo plazo de un año, a partir de la promulgación de la presente ley, para la afiliación de las personas comprendidas en las disposiciones del decreto-ley de 20 de Enero de 1943, que crea la Caja de Trabajadores Rurales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

