Ley 10.637

Comisión investigadora parlamentaria. Facultades. Ampliación

Promulgación 13/08/1945Publicación 20/08/1945Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Acuérdase a la Comisión Parlamentaria Investigadora sobre situación de los integrantes del Gobierno que forman parte de Directorios de Empresas y Sociedades Anónimas, designada por la Cámara de Representantes el 27 de Julio del corriente año, las facultades establecidas en los artículos 1° y 2° de la ley número 8.835 de Marzo 3 de 1932, en lo que fueren aplicables.

Artículo 2

Comuníquese, etc.