Ley 10.637
Comisión investigadora parlamentaria. Facultades. Ampliación
Promulgación 13/08/1945Publicación 20/08/1945Ver en IMPO
Artículo 1
Acuérdase a la Comisión Parlamentaria Investigadora sobre situación de los integrantes del Gobierno que forman parte de Directorios de Empresas y Sociedades Anónimas, designada por la Cámara de Representantes el 27 de Julio del corriente año, las facultades establecidas en los artículos 1° y 2° de la ley número 8.835 de Marzo 3 de 1932, en lo que fueren aplicables.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

