Ley 11.011

Ley de rebaja de alquileres. Prórroga

Promulgación 31/12/1947Publicación 05/01/1948Ver en IMPO

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Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de junio de 1948, la vigencia de las leyes número 10.460 de 16 de diciembre de 1943; número 10.688, de 18 de diciembre de 1945 y número 10.851 de 23 de octubre de 1946.

Artículo 2

La presente ley tendrá fuerza obligatoria desde la fecha en que el Poder Ejecutivo ordene su promulgación y cumplimiento.

Artículo 3

Comuníquese, etc.