Ley 11.103
Otorgamiento de pensión graciable. Herminia herrera y reissig
Promulgación 18/08/1948Publicación 01/09/1948Ver en IMPO
Artículo 1
Elévase a un mil cuatrocientos cuarenta pesos ($ 1.440.00) anuales, la pensión graciable acordada a doña Herminia Herrera y Reissig, por ley de 15 de julio de 1912.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

