Ley 11.288

Otorgamiento de pensión graciable. Mara walther de maggiolo e hijas

Promulgación 05/07/1949Publicación 22/07/1949Ver en IMPO

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Artículo 1

Concédese por gracia especial a la señora Mara Walther de Maggiolo y a sus hijas solteras en su carácter de viuda e hijas del extinto Profesor doctor Angel Maggiolo, una pensión equivalente al monto de la jubilación percibida por el causante hasta el momento de su fallecimiento.

Artículo 2

Esta pensión será servida por Rentas Generales, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines, verter mensualmente en Rentas Generales el monto de la pensión legal que hubiere correspondido.

Artículo 3

Comuníquese, etc.