Ley 11.498
Derogación de impuesto. Telecomunicaciones
Promulgación 28/09/1950Publicación 10/11/1950Ver en IMPO
Cita:Ley 10.096
Artículo 1
Deróganse todos los impuestos que de acuerdo al artículo 12 de la ley N° 6.984, del 17 de octubre de 1919, modificado por ley N° 8.167, del 23 de diciembre de 1927, y artículo 2° de la ley N° 10.096, de fecha 18 de diciembre de 1941, gravan las telecomunicaciones en tránsito por la República.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

