Ley 11.613
Otorgamiento de pensión graciable. Maria luisa castro de quintela
Promulgación 19/10/1950Publicación 13/11/1950Ver en IMPO
Artículo 1
Auméntase por gracia especial en la suma de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2.400.00) anuales, la pensión de que disfruta la señora María Luisa Castro de Quintela, conforme a lo establecido en la ley N° 8.453, de 20 de agosto de 1929.
El referido aumento será atendido con Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

