Ley 11.613

Otorgamiento de pensión graciable. Maria luisa castro de quintela

Promulgación 19/10/1950Publicación 13/11/1950Ver en IMPO

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Artículo 1

Auméntase por gracia especial en la suma de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2.400.00) anuales, la pensión de que disfruta la señora María Luisa Castro de Quintela, conforme a lo establecido en la ley N° 8.453, de 20 de agosto de 1929.

El referido aumento será atendido con Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.