Ley 11.701

Otorgamiento de pensión graciable. Paulina n. Areco de perez more

Promulgación 20/08/1951Publicación 04/09/1951Ver en IMPO

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Artículo 1

Elévase a ciento setenta pesos ($ 170.00) mensuales, la pensión que por gracia especial y con cargo a Rentas Generales se acordará a la señora Paulina N. Areco de Pérez Moré por ley de 21 de diciembre de 1938.

Artículo 2

Comuníquese, etc.