Ley 11.782

Gobiernos departamentales. Fijación de impuesto. Adicional a la propiedad rural

Promulgación 23/11/1951Publicación 07/12/1951Ver en IMPO

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Artículo 1

De acuerdo al artículo 253 de la Constitución de la República, créase un impuesto adicional municipal sobre la propiedad inmueble rural del Departamento de Durazno, conforme a la escala y demás condiciones establecidas en el articulado del decreto de la Junta Departamental, de fecha 26 de junio de 1951, destinado a formar el Fondo de Vialidad Rural.

Artículo 2

Comuníquese, etc.