Ley 11.908
Negociación colectiva. Consejos de salarios. Trabajadores. Remuneraciones. Fiscalización
Promulgación 19/12/1952Publicación 03/01/1953Ver en IMPO
Cita:Ley 10.449
Artículo 1
Interprétase el inciso final del artículo 29 de la ley N° 10.449, de 12 de noviembre de 1943, en la siguiente forma:
"Si el Poder Ejecutivo no determinare la fecha, su resolución entrará en vigencia a los 30 días de publicada".
Artículo 2
Comuníquese, etc.

