Ley 11.936
Contaduria general de la Nación. Autorización
Promulgación 15/05/1953Publicación 29/05/1953Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase a la Contaduría General de la Nación a descontar mensualmente, de los sueldos de los funcionarios del Poder Judicial afiliados a la "Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay", el importe correspondiente a las cuotas sociales y de seguros colectivos.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

