Ley 11.936

Contaduria general de la Nación. Autorización

Promulgación 15/05/1953Publicación 29/05/1953Ver en IMPO

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Artículo 1

Autorízase a la Contaduría General de la Nación a descontar mensualmente, de los sueldos de los funcionarios del Poder Judicial afiliados a la "Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay", el importe correspondiente a las cuotas sociales y de seguros colectivos.

Artículo 2

Comuníquese, etc.