Ley 12.131

Poder Ejecutivo. Autorización. Otorgamiento de subsidio

Promulgación 27/08/1954Publicación 08/09/1954Ver en IMPO

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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo a tomar hasta la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00), del producido de la ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952 (duplicación de sellados), para destinarla, como contribución del Estado, a solventar los gastos que demande la organización y funcionamiento del "Primer Congreso Nacional de Cooperativas Agropecuarias Limitadas, del Uruguay".

Artículo 2

Comuníquese, etc.