Ley 12.131
Poder Ejecutivo. Autorización. Otorgamiento de subsidio
Promulgación 27/08/1954Publicación 08/09/1954Ver en IMPO
Cita:Ley 11.869
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a tomar hasta la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00), del producido de la ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952 (duplicación de sellados), para destinarla, como contribución del Estado, a solventar los gastos que demande la organización y funcionamiento del "Primer Congreso Nacional de Cooperativas Agropecuarias Limitadas, del Uruguay".
Artículo 2
Comuníquese, etc.

