Ley 12.226

Inclusión en los beneficios jubilatorios a los causahabientes de los ex legisladores y ex secretarios

Promulgación 21/09/1955Publicación 10/10/1955Ver en IMPO

La citan:Ley 12.381
3 artículos

Artículo 1

Declárase comprendidos en los beneficios de la ley N° 11.922, de 25 de marzo de 1953, a los causahabientes de los ex Legisladores y ex Secretarios de las Cámaras de Senadores y Representantes.

Derogado/s por: Ley N° 12.381 de 12/02/1957 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Ley N° 12.226 de 21/09/1955 artículo 2.

Artículo 2

Derogado/s por: Ley N° 12.381 de 12/02/1957 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Ley N° 12.226 de 21/09/1955 artículo 2.

Artículo 3

Comuníquese, etc.