Ley 12.412

Declaración de feriado departamental. Guichon

Promulgación 20/09/1957Publicación 25/09/1957Ver en IMPO

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Artículo 1

Declárase feriados para la villa Guichón los días 23 y 24 de setiembre de 1957, con motivo del cincuentenario de la fundación de dicha villa.

Artículo 2

Los Poderes del Estado y organismos públicos concederán licencia por los días establecidos en el artículo anterior, a fin de que concurran a los festejos, a los funcionarios que hubieran nacido en dicha villa.

Artículo 3

Comuníquese, etc.