Ley 12.412
Declaración de feriado departamental. Guichon
Promulgación 20/09/1957Publicación 25/09/1957Ver en IMPO
Artículo 1
Declárase feriados para la villa Guichón los días 23 y 24 de setiembre de 1957, con motivo del cincuentenario de la fundación de dicha villa.
Artículo 2
Los Poderes del Estado y organismos públicos concederán licencia por los días establecidos en el artículo anterior, a fin de que concurran a los festejos, a los funcionarios que hubieran nacido en dicha villa.
Artículo 3
Comuníquese, etc.

