Ley 12.714

Cobertura de servicio funebre. Funcionarios militares

Promulgación 17/05/1960Publicación 03/06/1960Ver en IMPO

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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer de la suma de $ 2.130.45 (dos mil ciento treinta pesos con cuarenta y cinco centésimos), que se tomará de las economías de los rubros del Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, por concepto de reintegro al Señor Santiago Tello Arias, por el servicio fúnebre contratado para el sepelio de su hijo, Teniente 2.o (Piloto Aviador Militar) Ismael F. Tello.

Artículo 2

Comuníquese, etc.