Ley 12.902
Fuerzas armadas. Participación de festejos en la República argentina
Promulgación 06/07/1961Publicación 17/07/1961Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase la salida del país de una Delegación de las Fuerzas Armadas constituida por las Banderas y Escoltas respectivas de las Escuelas Militar, Naval y Aeronáutica, como asimismo por las Banderas y Escoltas del Batallón de Infantería 1 (Florida) y Regimiento de Caballería 1 (Blandengues de Artigas) bajo el mando de un Capitán del Ejército, con la finalidad de participar en los festejos a realizarse en la República Argentina el 9 de julio próximo.
Artículo 2
Las mencionadas Fuerzas deberán encontrarse de regreso al país una vez cumplida su misión.
Artículo 3
Comuníquese, etc.

