Ley 13.089
Bolsa de trabajo. Cierre de registro de obreros de la industria frigorifica
Promulgación 20/09/1962Publicación 27/09/1962Ver en IMPO
Artículo 1
Suspéndese por tres meses, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, la clausura de los Registros de la Bolsa de Trabajo de la Industria Frigorífica, dispuesta por el artículo 4°, de la ley número 12.493, de enero 16 de 1958, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 1962, por el artículo 11, de la ley número 12.706, de abril 9 de 1960.
Artículo 2
La disposición establecida en el artículo anterior, regirá únicamente para los changadores del Frigorífico Anglo que en el período comprendido entre el 1° de enero y el 2 de agosto de 1962, hubieran acumulado 30 jornales. Estos trabajadores ingresarán a la categoría D).
Redacción dada por: Ley N° 13.114 de 31/10/1962 artículo 3.
TEXTO ORIGINAL: Ley N° 13.089 de 20/09/1962 artículo 2.
Artículo 3
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1963, la clausura de los Registros de la Bolsa de Trabajo para la Industria Frigorífica, dispuesta por el artículo 4° de la ley N.o 12.493, de 16 de enero de 1958, y por el artículo 11, de la ley N.o 12.706, de 9 de abril de 1960.
Artículo 4
Comuníquese, etc.

