Ley 13.458
Obras públicas en la ciudad de castillos. Rocha
Promulgación 09/12/1965Publicación 28/12/1965Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a ejecutar, con cargo al Tesoro de Obras Públicas las siguientes obras en la Ciudad de Castillos y sus adyacencias, como adhesión del Estado a la celebración del primer centenario de su fundación:
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1.- Carretera de acceso a Cabo Polonio .......... 4:000.000.00 2.- Edificio para el Liceo (partida
complementaria y para la expropiación de
predios para su ampliación) ................. 2:000.000.00 3.- Para obras por Convenio con el Concejo
Departamental de Rocha ...................... 1:000.000.00 4.- Ampliación de los servicios de agua
corriente ................................... 1:000.000.00 5.- Edificio de la Comisaría Seccional .......... 1:000.000.00 6.- Obras complementarias y de saneamiento en el
Centro Asistencial "Dr. Pedro F. Ferrer" .... 800.000.00 7.- Pabellón y baños de la Plaza de Deportes .... 1:000.000.00
Artículo 2
La Partida establecida en el numeral 1 podrá ser destinada a integrar la contribución del Ministerio de Obras Públicas, en el caso de que éste resolviera realizarla por Convenio con otra repartición u órgano del Estado.
Artículo 3
Para las obras por Convenio con el Concejo Departamental, regirá el sistema establecido en los artículos 27 a 33 de la ley N° 12.950, de 23 de noviembre de 1961, en cuanto sea aplicable, dándose preferencia a los accesos y enlaces con las Rutas Nacionales.
Artículo 4
Comuníquese, etc.

