Ley 13.573

Funcionarios del servicio exterior

Promulgación 26/10/1966Publicación 15/11/1966Ver en IMPO

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Artículo 1

Lo establecido en el inciso f) del artículo 130 de la ley N.o 13.318, de 28 de diciembre de 1964, no será aplicable a los funcionarios incorporados al último grado del escalafón del Servicio Exterior, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 144 de la citada ley y el artículo 51 de la ley N.o 13.349, de 29 de julio de 1965.

Artículo 2

El límite para acogerse a los beneficios de la presente ley será de ciento ochenta días a partir de la fecha de promulgación de la misma.

Artículo 3

Comuníquese, etc.