Ley 13.675

Otorgamiento de pensión graciable. Bruna costa de urta

Promulgación 05/09/1968Publicación 10/09/1968Ver en IMPO

La citan:Ley 13.765
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Artículo 1

Acuérdase a la señora Bruna Costa de Urta una pensión graciable de $ 3.000.00 (tres mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de actividad y pasividad que pudieran corresponderle, en contraprestación por la entrega al Estado, de las siguientes obras originales del pintor Nicolás Urta:

1. Prado 1954.

2. Costa del Buceo.

3. Día Gris-Las Flores 1954.

4. Iglesia de San Juan Bautista. Pocitos

5. Las Flores 1948.

6. Paisaje de Las Flores.

7. Paisaje del Prado.

8. Las Flores 1948.

9. Las Flores 1940.

10. Las Flores 1946.

11. El Palacio Salvo

12. Retrato.

13. Desnudo.

Artículo 2

Las obras de arte mencionadas en el artículo anterior se incorporarán al acervo del Museo Nacional de Bellas Artes.

Artículo 3

El servicio de esta pasividad se atenderá con cargo a Rentas Generales.

Artículo 4

Comuníquese, etc.