Ley 13.769

Otorgamiento de pensión graciable. Maria emilia de leon de arboleya. Juan eduardo arboleya de leon. Maria emilia arboleya de leon. Luis ignacio arboleya de leon

Promulgación 06/10/1969Publicación 09/10/1969Ver en IMPO

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Artículo 1

Acuérdase a la señora María Emilia de León de Arboleya y a sus hijos menores Juan Eduardo, María Emilia y Luis Ignacio Arboleya de León, una pensión graciable de $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales acumulable a las asignaciones de actividad y pasividad que pudieran corresponderles.

Artículo 2

Las cuotas partes de los copartícipes Juan Eduardo y Luis Ignacio Arboleya de León, acrecerán a los restantes copartícipes cuando cumplan dieciocho años de edad, conforme a lo dispuesto por la ley N° 9.940, de 2 de julio de 1940, sus modificativas y concordantes.

Artículo 3

El servicio de esta pasividad será atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 4

Comuníquese, etc.