Ley 13.946

Otorgamiento de pensión graciable. Manuel ruperto benavente richardson

Promulgación 08/01/1971Publicación 13/01/1971Ver en IMPO

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Artículo 1

Acuérdase una pensión graciable de $ 5.000.00 (cinco mil pesos) mensuales, al señor Manuel Ruperto Benavente Richardson, acumulable a la asignación de pasividad legal que pudiere corresponderle.

Artículo 2

El servicio de esta pensión será atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.