Ley 14.217
Fijación de las dotaciones básicas nominales de los miembros de la Suprema Corte de Justicia
Promulgación 11/07/1974Publicación 24/07/1974Ver en IMPO
Artículo 1
Fíjanse, a partir del 1° de enero de 1974, en la suma de $ 920.000 (novecientos veinte mil pesos) mensuales, las dotaciones básicas nominales, de los Miembros de la Suprema Corte de Justicia. Les alcanzarán igualmente las compensaciones y beneficios que correspondan a los funcionarios del Poder Judicial.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

