Ley 14.517

Transferencia de bien inmueble a la intendencia municipal de Rocha

Promulgación 06/05/1976Publicación 13/05/1976Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Desaféctase del dominio del Estado y se transfiere al de la Intendencia Municipal de Rocha, con destino a la formación de un balneario y centro turístico una fracción de campo del Parque Andresito, de 60 hás, 9.029 m˛ 33 cm˛, que forma parte del Padrón N° 1.626 ubicado en la 10Ş Sección Judicial del departamento de Rocha, que, según plano levantado por el Agrimensor Carlos Arboleya en febrero de 1975, se deslinda así: al Nor- Noreste una línea recta de 750 metros 45 centímetros, tomada desde la divisoria con terrenos de la vía férrea hasta la línea de mayores crecientes anuales; al Este la línea de mayores crecientes anuales sobre el océano Atlántico formada por tres rectas de 416 metros 20 centímetros, 392 metros 20 centímetros y 349 metros 50 centímetros respectivamente; al Sur una línea de 329 metros y al Oeste tres rectas de 281 metros 05 centímetros, 70 metros 30 centímetros y 411 metros 80 centímetros y tres líneas curvas de 307 metros 72 centímetros, 119 metros 80 centímetros y 219 metros 80 centímetros, lindando con terrenos de la vía férrea; y con el mismo lindero al Sud-Oeste una curva de 365 metros 81 centímetros. En esta área está incluida la de la avenida costanera.

Artículo 2

Comuníquese, etc.