Ley 14.986

Fuerzas armadas. Ley orgánica militar

Promulgación 07/01/1980Publicación 18/01/1980Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Deróganse el numeral 6° del artículo 127 y los artículos 128 y 140 de la ley 10.050, de 18 de setiembre de 1941, modificada y ordenada por la ley 10.757 (Orgánica Militar), de 27 de julio de 1946, en lo relativo al Servicio de Ingeniería y Arquitectura Militar, y el artículo 143 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, concordantes y demás disposiciones relativas al Servicio de Ingeniería y Arquitectura Militar, a partir de la vigencia de la presente ley, asignándose sus efectivos y medios a la Brigada de Ingenieros N° 1, que se constituirá.

Artículo 2

Comuníquese, etc.