Ley 15.007
Designación de cargos inferiores al de consejero en el Ministerio de Relaciones Exteriores
Promulgación 09/05/1980Publicación 13/06/1980Ver en IMPO
Artículo 1
Durante el lapso de tres meses a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo podrá designar en cargos de categoría inferior a la de Consejero, sin las limitaciones de los artículos 20 y 35 de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974, a quienes reuniendo todas las demás exigencias para la designación, acrediten los siguientes requisitos: A) Haber sido con anterioridad funcionario del Escalafón del Servicio
Exterior; B) Haber cesado en su cargo por razones ajenas a su voluntad y no
imputables a su actuación funcional.
En ningún caso podrán reingresar los funcionarios comprendidos en los artículos 20, 31 o 60 de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

