Ley 15.545

Aumento del valor venal de bienes fiscales

Promulgación 03/05/1984Publicación 25/05/1984Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Elévase al 85% (ochenta y cinco por ciento) del valor venal, la base establecida por el numeral 3° del artículo 343 de la ley 13.835, de 7 de enero de 1970.

Artículo 2

Comuníquese, etc.