Ley 15.720
Aprobación del convenio sobre restitución internacional de menores entre Uruguay y peru
Promulgación 07/02/1985Publicación 09/05/1985Ver en IMPO
Cita:Ley 15.738
Artículo 1
Apruébase el Convenio sobre Restitución Internacional de Menores entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Perú, suscrito el 23 de octubre de 1984.
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Artículo 2
Comuníquese, etc.

