Ley 15.807

Funcionarios públicos - funcionarios destituidos

Promulgación 31/03/1986Publicación 24/04/1986Ver en IMPO

La citan:Ley 15.852
3 artículos

Artículo 1

Declárase compatible el derecho al goce de pasividad generada por servicios docentes con la percepción de sueldos por el desempeño de función pública en los casos de reingreso a la misma de quienes hasta el 28 de febrero de 1985 hubieren sido destituidos o separados de sus cargos por razones ideológicas, políticas o gremiales.

Artículo 2

Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Artículo 3

Comuníquese, etc.