Ley 16.194

Modificación de la ley de funcionarios destituidos

Promulgación 12/07/1991Publicación 01/08/1991Ver en IMPO

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Artículo 1

Este artículo agregó a: Ley N° 15.783 de 28/11/1985 artículo 35 literal f).

Artículo 2

Este artículo dio nueva redacción a: Ley N° 15.783 de 28/11/1985 artículo 1 inciso 3°).

Artículo 3

Los plazos para que las personas comprendidas en el literal F) del Artículo 35 de la ley 15.783, de 28 de noviembre de 1985, formulen sus solicitudes ante la Comisión Especial, comenzarán a computarse a partir de la vigencia de la presente ley.