Ley 16.227

Impuesto al valor agregado

Promulgación 30/10/1991Publicación 20/11/1991Ver en IMPO

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Artículo 1

Decrétese que el artículo 469 de la ley 16.226, de 29 de octubre de 1991, rige a partir del 1 de noviembre de 1991.

Ver vigencia: Ley N° 18.083 de 27/12/2006 artículo 25.

Ver: Ley N° 18.083 de 27/12/2006 artículo 112.

Artículo 2

La presente ley entrará en vigencia en la fecha de su promulgación.