Ley 16.480
Seguridad social - pasividades
Promulgación 10/05/1994Publicación 26/05/1994Ver en IMPO
Cita:Ley 13.793
Artículo 1
Declárase que los funcionarios de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland que prestan servicios en la Unidad Vigilancia y Protección quedan incluidos en los beneficios de la Ley N° 13.793, de 24 de noviembre de 1969, y concordantes.

