Ley 16.628

Registro nacional de órganos y tejidos. Regúlase su situación jurídica

Promulgación 23/11/1994Publicación 05/12/1994Ver en IMPO

Artículo 1

Encomiéndase al Ministerio de Salud Pública regularizar la situación jurídica del Registro Nacional de Organos y Tejidos.

A tales efectos se le faculta:

A) Configurar el Sub-Programa "Registro Nacional de Organos y Tejidos" dentro del Programa 001. B) Transferirle los créditos y vacantes necesarios, quedando autorizadas a tales efectos las transposiciones entre distintos Programas.