Ley 16.628
Registro nacional de órganos y tejidos. Regúlase su situación jurídica
Promulgación 23/11/1994Publicación 05/12/1994Ver en IMPO
Artículo 1
Encomiéndase al Ministerio de Salud Pública regularizar la situación jurídica del Registro Nacional de Organos y Tejidos.
A tales efectos se le faculta:
A) Configurar el Sub-Programa "Registro Nacional de Organos y Tejidos" dentro del Programa 001. B) Transferirle los créditos y vacantes necesarios, quedando autorizadas a tales efectos las transposiciones entre distintos Programas.

