Ley 16.717

Otorgamiento de pensión graciable. Fermina gularte bautista

Promulgación 06/10/1995Publicación 19/10/1995Ver en IMPO

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Artículo 1

Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro Salarios Mínimos Nacionales, a la señora Fermina Gularte Bautista.

Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.