Ley 16.717
Otorgamiento de pensión graciable. Fermina gularte bautista
Promulgación 06/10/1995Publicación 19/10/1995Ver en IMPO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro Salarios Mínimos Nacionales, a la señora Fermina Gularte Bautista.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

