Ley 17.414

Declaración de feriados nacionales

Promulgación 08/11/2001Publicación 14/11/2001Ver en IMPO

La citan:Ley 18.748
2 artículos

Artículo 1

Este artículo dio nueva redacción a: Ley N° 16.805 de 24/12/1996 artículo 2.

Artículo 2

Al restablecerse la condición de feriado para el día 19 de junio el Poder Ejecutivo y los organismos rectores de la enseñanza pública dispondrán la realización de actos destinados no sólo a la evocación del héroe General Don José Artigas, sino a destacar la trascendencia de sus ideales hasta su inserción en el mundo de hoy.