Ley 17.575
Otorgamiento de pensión graciable. Maria olga gomez de olivera
Promulgación 29/10/2002Publicación 05/11/2002Ver en IMPO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable a la señora María Olga Gómez de Olivera, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

