Ley 17.681
Instrucción a los organismos del art. 221 de la constitución la supresión de la prestación directa de sus servicios médicos. Prórroga de plazo
Promulgación 02/08/2003Publicación 06/08/2003Ver en IMPO
Cita:Ley 17.556
Artículo 1
Prorrógase por sesenta días contados desde la promulgación de la presente ley el plazo previsto en el inciso tercero del artículo 22 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002.

