Ley 17.988

Transferencia de bienes del Estado

Promulgación 16/07/2006Publicación 24/07/2006Ver en IMPO

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Artículo 1

Transfiérense a título gratuito, del patrimonio del Estado -Poder Ejecutivo- al de la Intendencia Municipal de Soriano, los inmuebles sitos en la 1Ş Sección Catastral y Judicial del departamento de Soriano, constituidos por cuatro fracciones de campo con todas las mejoras y construcciones que le acceden, a saber:

I) Los inmuebles empadronados con los números 11.190 (once mil ciento noventa), 11.191 (once mil ciento noventa y uno) y 11.192 (once mil ciento noventa y dos) (antes en mayor área con el N° 224), que según el plano de mensura suscrito por el ingeniero agrimensor Alejandro Ferreira Fernández, el 13 de marzo de 2003, inscripto en la Oficina Delegada de Catastro de Soriano con el N° 8.632, el 27 de junio del mismo año, se describen de la siguiente manera: - Inmueble Padrón N° 11.190 (once mil ciento noventa), señalado como

fracción 1, que consta de una superficie de 41 ha 2.712 m (cuarenta

y una hectáreas dos mil setecientos doce metros), y se deslinda así:

al este: partiendo de la ribera del río Negro y corriendo de norte a

sur, una recta de 516 metros 61 centímetros; otra levemente

inclinada con igual orientación de 177 metros; y otra recta que

corre de oeste a este de 601 metros 30 centímetros -lindando todas

con el inmueble Padrón N° 11.191-, y con frente a Camino Vecinal

líneas curvas de 350 metros 86 centímetros, y de 36 metros 49

centímetros de desarrollo y línea recta de 25 metros 51 centímetros;

al sur: línea quebrada de tres rectas, comenzando la primera en el

límite anterior y de una extensión de 650 metros 84 centímetros, y

las restantes de 203 metros 10 centímetros y de 338 metros 75

centímetros -lindando las tres con el inmueble Padrón N° 10.664-; al

oeste: recta de 980 metros 56 centímetros lindando con el inmueble

Padrón N° 9.030; y al norte: el río Negro. - Inmueble Padrón N° 11.191 (once mil ciento noventa y uno), señalado

como fracción 2, consta de una superficie de 10 ha 8.542 m (diez

hectáreas ocho mil quinientos cuarenta y dos metros) y se deslinda

así: al este: línea quebrada de tres rectas de 514 metros 88

centímetros, de 584 metros 04 centímetros, y de 158 metros 79

centímetros, partiendo la primera de la ribera del río Negro y

lindando en parte con la fracción 3 (hoy el inmueble Padrón N°

11.192) y en parte con el inmueble Padrón N° 9.277, lindando la

segunda con el Padrón N° 9.277, y la tercera de frente a Camino

Vecinal; al sur: línea recta de 601 metros 30 centímetros, lindando

con parte del inmueble Padrón N° 11.190; al oeste: línea quebrada de

dos rectas de 177 metros y de 516 metros 61 centímetros, lindando

con el inmueble Padrón N° 11.190; y al norte: el río Negro. - Inmueble Padrón N° 11.192 (once mil ciento noventa y dos), señalado

como fracción 3, con una superficie de 27 ha 812 m (veintisiete

hectáreas ochocientos doce metros) y se deslinda así: al este: línea

recta de 346 metros 75 centímetros que linda con el inmueble Padrón

N° 5.348, y rectas de 19 metros 48 centímetros y de 205 metros 21

centímetros, ambas de frente a Camino Vecinal; al sureste y sur, dos

tramos de líneas curvas, de 61 metros 39 centímetros y de 341 metros

54 centímetros de desarrollo, línea quebrada de dos rectas de 4

metros 40 centímetros y de 138 metros 60 centímetros, de frente a

Camino Vecinal, línea quebrada de tres rectas de 230 metros, de 172

metros 33 centímetros y de 252 metros 80 centímetros, y línea curva

de 190 metros 34 centímetros, lindando todas con el inmueble Padrón

N° 9.277; al oeste: con orientación de sur a norte recta de 308

metros 82 centímetros lindando con Padrón N° 11.191; y al norte: el

río Negro. Este inmueble es sirviente del empadronado con el N°

9.277 con servidumbre de paso y toma de agua, de 15 metros de ancho,

señalada en el referido plano al norte con la coordenada 30 de la

línea de ribera en su límite este y al sur en la proximidad del

vértice 15 del mismo plano. II) Inmueble Padrón N° 10.782 (diez mil setecientos ochenta y dos) que según plano del agrimensor Carlos A. Magano Ferro, suscrito el 12 de diciembre de 2000, inscripto en la Oficina Delegada de Catastro de Soriano con el N° 8.381 el 16 de febrero de 2001, consta de una superficie de 55 ha 9.230 m (cincuenta y cinco hectáreas nueve mil doscientos treinta metros) y se deslinda así: al este: línea quebrada de tres rectas, la primera de 410 metros 97 centímetros que corre de norte a sur, la segunda de 943 metros 60 centímetros que corre de oeste a este -lindando ambas con el inmueble Padrón N° 10.664- y la última de 437 metros 83 centímetros que corre de norte a sur de frente a Camino Vecinal a Ruta Nacional N° 95; al sur: línea recta de 1.095 metros 94 centímetros lindando con el inmueble Padrón N° 8.636; al oeste: línea recta de 957 metros 21 centímetros lindando con parte del inmueble Padrón N° 9.029 y con el empadronado con el N° 9.030; y al norte: línea recta de 195 metros 79 centímetros lindando con el inmueble Padrón N° 10.664.

Artículo 2

Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio y para la respectiva inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad, bastará un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.