Ley 18.918

Extensión de subsidio por desempleo. Metzen y sena s.a.

Promulgación 27/06/2012Publicación 27/07/2012Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de la empresa Metzen y Sena S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008).

La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.