Ley 19.344
Autorización al Poder Ejecutivo a condonar la totalidad de la deuda que mantiene el banco nacional de cuba con el Banco Central del Uruguay
Promulgación 18/09/2015Publicación 09/10/2015Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase al Banco Central del Uruguay a ceder en forma gratuita al Estado - Ministerio de Economía y Finanzas, la totalidad de la deuda que actualmente mantiene el Banco Nacional de Cuba con el Banco Central del Uruguay, en virtud de que la misma se encuentra totalmente previsionada.
Una vez verificada la cesión, autorízase al Poder Ejecutivo a condonar la totalidad de la deuda antes referida, en mérito a las numerosas instancias de cooperación que nuestra República recibió de parte de la República de Cuba.

