Ley 20.279
Modificación del art. 1° de la Ley 18.787, relativo a la prestación de asistencia obligatoria por parte del Estado a las personas en situación de calle
Promulgación 25/05/2024Publicación 10/06/2024Ver en IMPO
Artículo 1
Este artículo dio nueva redacción a: Ley N° 18.787 de 27/07/2011 artículo 1.
Artículo 2
La presente ley entrará en vigencia a los noventa días desde su promulgación.

