Ley 9.558
Poder Ejecutivo. Autorización para disponer recursos de rentas generales
Promulgación 16/04/1936Publicación 23/04/1936Ver en IMPO
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer por una sola vez hasta la cantidad de $ 180.138.72, a tomar de Rentas Generales, para abonar los gastos ocasionados por las fuerzas legales con motivo del último movimiento subversivo y para los suministros hechos a las mismas.
Artículo 2
Se reabre por el término de 10 días, a contar de la promulgación de esta ley, el plazo para deducir reclamaciones sobre los perjuicios de guerra.
Artículo 3
Comuníquese, etc.

