Ley 9.574

Autorización para disponer recursos de rentas generales

Promulgación 09/07/1936Publicación 21/07/1936Ver en IMPO

2 artículos

Artículo 1

Destínase hasta la suma de cuarenta y ocho mil pesos a la adquisición de un edificio para instalar las oficinas de la Dirección de Crédito Público y la suma de dos mil pesos para gastos de traslado e instalación. Dichas sumas se cargarán a Rentas Generales en calidad de reintegro, el que se hará efectivo sobre las comisiones de depósitos y retenciones que percibe la expresada Dirección.

Artículo 2

Comuníquese, etc.