Ley 9.585
Entes autónomos. Monopolio
Promulgación 20/08/1936Publicación 04/09/1936Ver en IMPO
Artículo 1
Quedan derogadas todas las disposiciones legales que reconocen a ciertos Entes Autónomos del Estado, la facultad de implantar monopolios de cualquier clase, o de gestionar su implantación, por vía administrativa.
Artículo 2
Los proyectos o iniciativas a que se refiere el artículo anterior, sólo podrán llevarse a cabo mediante leyes sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en la segunda parte del inciso 17 del artículo 75 de la Constitución.
Artículo 3
Comuníquese, etc.

