Ley 9.585

Entes autónomos. Monopolio

Promulgación 20/08/1936Publicación 04/09/1936Ver en IMPO

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Artículo 1

Quedan derogadas todas las disposiciones legales que reconocen a ciertos Entes Autónomos del Estado, la facultad de implantar monopolios de cualquier clase, o de gestionar su implantación, por vía administrativa.

Artículo 2

Los proyectos o iniciativas a que se refiere el artículo anterior, sólo podrán llevarse a cabo mediante leyes sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en la segunda parte del inciso 17 del artículo 75 de la Constitución.

Artículo 3

Comuníquese, etc.