Ley 9.587

Elevación de categoría a pueblo

Promulgación 21/08/1936Publicación 28/08/1936Ver en IMPO

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Artículo 1

Elévase a la categoría de pueblo, denominándosele "Achar", al centro de población que con este mismo nombre se encuentra ubicado en la undécima (11Ş) sección judicial del Departamento de Tacuarembó.

Artículo 2

Declárase pueblo "Garzón" al núcleo de población de la séptima (7Ş) sección del Departamento de Maldonado, conocido con el mismo nombre.

Artículo 3

Comuníquese, etc.