Ley 9.587
Elevación de categoría a pueblo
Promulgación 21/08/1936Publicación 28/08/1936Ver en IMPO
Artículo 1
Elévase a la categoría de pueblo, denominándosele "Achar", al centro de población que con este mismo nombre se encuentra ubicado en la undécima (11Ş) sección judicial del Departamento de Tacuarembó.
Artículo 2
Declárase pueblo "Garzón" al núcleo de población de la séptima (7Ş) sección del Departamento de Maldonado, conocido con el mismo nombre.
Artículo 3
Comuníquese, etc.

